lunes, 10 de agosto de 2020

MAQUIAVELO RIVERA-SCHATZ


Hace un tiempo escribi una teoria hipotetica de como un politico inescrupuloso como Jorge de Castro Font pudo haber llegado a ascender si no lo hubieran acusado los federales. La pueden leerlo aqui.

Lo que nunca imagine es que una version modificada de mi teoria pudiera hacerse realidad tan pronto.  Veamos como Thomas Rivera Schatz, el que siempre corre para ganar, tramo hacerse con el poder de su partido y del gobierno:

Cuando Ricky y Pierluisi habian anunciado sus candidaturas se rumoraba constantemente la posibilidad de que TRS se postulara como candidato de "consenso", valga la ironia.

Finalmente, TRS decide no correr y no apoyar ni a Ricky ni a Pierluisi.  Finalmente, una vez prevalece Ricky se une a su equipo y le da su endoso.

TRS esta conciente de la inexperiencia de Ricky y de la mayoria de los "chamaquitos" que el recluto para el Plan del Plan del Plan y lo ve como presa facil para manipularlo y verlo caer en su propia red.

Ricky asume la gobernacion y ya ustedes saben el desastre de gobierno que teniamos y que se agravo con Irma y Maria hasta llegar al Verano del 19.  Al renunciar Ricky, TRS asume la presidencia del PNP.

Vimos su gesto burdo de pseudo-tirano cuando junto a sus compinches de la legislatura exigio que Wanda Vazquez designara a su colega Jenniffer Gonzalez como Secretario de Estado y abdicara al poder luego para ella asumir la gobernacion.  Solo faltaba como sonido de fondo escuchar los tanques discurriendo por la Ave. Ponce de Leon y los aviones de combate sobrevolando el capitolio, una escena digna de Kin Jong Um en Corea del Norte.

Vimos entonces como en un gesto de terquedad y orgullo a Wanda Vazquez aferrarse al poder y no soltarlo al punto de que hoy corre como candidata primarista para ser electa.  Eso no obstaculizo el plan de TRS quien astutamente sabia que podia negociar su reforma electoral a cambio de confirmaciones del gabinete de WV, como finalmente paso.

Mientras tanto TRS, guardaba silencio, hacia uno que otro aguaje, pero se aseguro de nombrar un pelele incondicional suyo como Presidente de la CEE, a Lolin su mano derecha como comisionada electoral y presento una reforma electoral que habia dejado en el tintero hasta que le fue oportuno aprobarla para coger a todos con los calzones abajo y no pudieran hacer nada para obstaculizar su aprobacion. 

Asi llegamos a las primarias con un TRS controlando el PNP, la CEE y el gobierno a traves de la gobernadora titere WV.  Es obvio que TRS sabe que el PNP solo puede ganar si el PPD pierde por incompetentes o si se divide con MVC.  El PNP en una eleccion normal de 3 partidos estaba destinado a coger una pela.  Asi que TRS no quiere arriesgarse y mediante el pelele de la CEE y la titere de Fortaleza ha creado una crisis que pone en juego la democracia del pais.

Finalmente, si por alguna razon deciden no celebrar o posponer las elecciones y surge un levantamiento popular declararan un estado de emergencia y la Policia que ya cuenta con un senador apoyado por TRS, que le dedico una de las sedes de sus uniones a TRS, la que repartio palos en el Verano del 19 es la que impondra orden en las calles y mantendra en el poder a TRS por el tiempo que el desee.

Toleraran este golpe de estado en el Congreso de los EEUU?  Legislaran para que en lugar de una JCF establezcan una Junta de Gobierno para el territorio y deroguen la constitucion de PR?  Nos daran la independencia hartos de la ineptitud y corrupcion de nuestros lideres?

Confio en equivocarme.

domingo, 5 de julio de 2020

El Arte del Mantengo y la Dependencia


Antes que nada quiero aclarar y dejar claro que este escrito no representa una critica al pueblo de Puerto Rico, sino todo lo contrario.  Es un reconocimiento de la capacidad del boricua de asumir la cultura a la cual es sometida y llevarla a un grado de perfeccionamiento casi insuperable, aunque lamentablemente no sea una cultura positiva.  Estoy seguro de que si los españoles hubieran abierto universidades y creado astilleros en Puerto Rico para reparar y dar mantenimiento a su flota naval hoy seriamos uno de los grandes centros de diseño y construcción de barcos en lugar de ser un punto en el Caribe rogando porque los grandes cruceros lleguen a sus costas.

Los que han leído mis escritos y mis tweets saben que siempre he criticado la cultura de dependencia que por siglos (no solo desde 1898) ha prevalecido en Puerto Rico.  Desde el situado mexicano de los españoles hasta el PAN de los gringos, pasando por la PRERA, los cupones y otros tipos de “ayudas sociales”.  Mas de 500 años, medio milenio, de esta cultura nos ha traído a la situación que actualmente estamos viviendo bajo la pandemia del COVID-19.

Aunque muchos criticamos al gobierno por la manera tan errática y poco científica en que se ha manejado este asunto, tanto desde el punto de vista de comunicación, educación, relaciones públicas, etc., lo cierto es que los resultados parecen ser alentadores basados en el bajo número de muertes, hospitalizaciones y uso de respiradores relacionados a la enfermedad, no según los reportes del gobierno, sino basado en las estadísticas de los hospitales del país que recopilan y presentan doctores independientes.  Gran parte de estos resultados se deben a la disciplina del pueblo que ha acatado las directrices de aislamiento y distanciamiento social, así como las medidas de protección e higiene personal.  Esto contrasta con la conducta de los ciudadanos de otros países que han reclamado poder volver a la normalidad y algunos de renegar de la realidad de una pandemia, incluyendo conciudadanos de los EEUU y algunos boricuas residentes en el exterior que han provocado brotes localizados por su conducta irresponsable.

Sin embargo, preguntémonos porque tanta tranquilidad en el pueblo de Puerto Rico frente a un régimen de encierro que duro unos 3 meses y que al día de hoy no se ha levantado del todo y bajo el cual seguimos con ciertas restricciones de movilidad y exigencias de medidas salubristas.  Veamos el cuadro socioeconómico que presenta Puerto Rico:

  • Beneficiarios del seguro social – 400,000 personas

Estas personas continúan recibiendo puntualmente su ingreso.

  • Beneficiarios del PAN – 759,000 familias (43.25% de la población de PR)

Están personas continúan recibiendo su ingreso.  Este grupo representa
aproximadamente  1.4M de ciudadanos.

  • Empleados públicos – 200,000

Estos empleados continúan recibiendo su salario y no están agotando
sus licencias por enfermedad o vacaciones.

  • Empleados empresa privada – 650,000 (300,000 desempleados)


Este es el grupo más afectado.  Por un lado tienes los que están trabajando, que según estas cifras deben ser unos 350,000 que si bien es cierto que están recibiendo su sueldo, a diario se exponen al contagio de la enfermedad y arriesgan la salud de su familia inmediata si conviven con ellos o viven bajo la presión de tener que aislarse de ellos mientras dure la pandemia.  Este grupo continúa en sus labores de manera anónima sin que la prensa le de gran importancia.  Como siempre, los medios minimizan la importancia del sector privado, contrario a lo que pasa con el siguiente sector.

Por el otro lado, tienes 300,000 personas que han perdido su ingreso inmediato y posiblemente su puesto de trabajo.  Este ha sido el sector de la sociedad que mas ha sido expuesto a la publicidad debido a la incapacidad del gobierno de manejar y entregar los fondos federales asignados al programa de desempleo.  Si el gobierno hubiera tenido la capacidad de manejar este asunto de manera adecuada de toda la población de Puerto Rico (3.2M aprox.) solo una minoría de 300,000 (0.3M) o unos 600,000 personas indirectamente (basado en que muchos de los desempleados son personas jóvenes, la baja natalidad y que, en el mejor de los casos, en cada familia pueden estar desempleados ambos cónyuges) estarían en sus casas, recibiendo las ayudas y beneficios del seguro por desempleo lo que en muchos duplica, triplica y hasta cuadriplica el ingreso que regularmente reciben en sus empleos, incluyendo propinas en algunos casos.  Si bien es cierto que se ha dado una cubierta mediática extensa, lo cierto es que el énfasis ha sido en criticar al gobierno en lugar de resaltar las características de las personas afectadas.

Esta crítica incisiva (lo quieran o no) solo tiene el resultado de reforzar esa cultura de que el gobierno nos lo tiene que resolver todo y que es la ejecución de una persona la que decide nuestro bienestar, relevando al pueblo de su responsabilidad al momento de escoger los lideres en que delegan la autoridad sobre la sociedad en que vivimos.  Esto se hace más evidente en los medios cuando se consulta y se usa de comentaristas y analistas a personas parte del  grupo que ha causado la debacle en que nos encontramos hasta a personas que fueron las que tomaron las decisiones mientras se invisibilizan nuevas opciones, en el mejor de los casos, llegando en algunos casos a la difamación de nuevos líderes.

Súmele a esto que el 80% de los alimentos que consumimos en la Isla son importados, que no existen comunidades de recolectores de productos agrícolas desempleados ni grandes sembradíos agrícolas donde se estén perdiendo los alimentos que llegan a nuestras mesas sino que están disponibles en las góndolas de los supermercados y los podemos seguir adquiriendo con el ingreso que la mayoría sigue recibiendo, aun en medio de la pandemia.

En resumen, como dije al principio, más de medio milenio (que se dice fácil pero es mucho tiempo) de adoctrinamiento ha rendido frutos en nuestro pueblo, hemos perfeccionado y casi elevado al nivel de un derecho el sistema bajo el cual 2 imperios nos han mantenido: la cultura del mantengo y dependencia.

Si tienes alguna curiosidad de lo que representa medio milenio de dependencia te incluyo los siguientes datos de la duración de algunos imperios a lo largo de la historia de la humanidad:

  • De poco más de 200 imperios documentados, apenas unos 35 han durado 500 años o más. Esto representa alrededor de un 16% de todos los imperios, o sea, que el imperio del mantengo y la dependencia en PR ha durado más que el 84% de todos los imperios del mundo.
  • Entre los imperios que han durado más de 500 años están varios conocidos: el español, el portugués, el británico y el romano.
  • Entre los imperios que han durado menos que el de PR están algunos conocidos: el ruso (196 años), el japonés (79 años), el azteca (93),  el inca (95 años) y el mongol (162 años).


domingo, 28 de junio de 2020

Empresario-Expertise


Ser empresario significa tomar acciones humanas, creativas para construir algo de valor a partir de prácticamente nada. Es la búsqueda insistente de la oportunidad, independientemente de los recursos disponibles o de la carencia de éstos.

Un empresario es aquella persona que, de forma individual o colectiva, fija los objetivos y toma las decisiones estratégicas acerca de las metas, los medios, la administración y el control de las empresas, y asume la responsabilidad tanto comercial como legal frente a terceros.

Una corporación es una compañía, un grupo de personas o una organización autorizadas para operar como una sola entidad (persona jurídica).

Expertise: a high level of knowledge or skill (alto nivel de conocimiento o habilidad)


A raíz de la investigación de la fallida compra de pruebas COVID-19 han salido a la luz varios conceptos que muchos consideran deberían estar atados el uno al otro. Por un lado está la CORPORACION que podría estar dirigida por un EMPRESARIO que podría tener cierto EXPERTISE en algún campo de la industria, la ciencia, el arte, el comercio, el deporte, entre las multitud de actividades de la sociedad que podrían estar sujetas a la explotación económica, a veces con ganancias a veces no.  Notarán que uso la palabra “podría” para establecer el vinculo entre los tres conceptos.  La situación ideal debería ser cualquier empresa fuese dirigida por un empresario con expertise en el campo en el que se desempeña la empresa.

Ahora, hay empresas sumamente complejas cuyas actividades involucran múltiples fases desde la investigación científica buscando nuevas materias primas en el fondo del mar o en la selva amazónica, diseñando nuevos sistemas para el procesamiento de las mismas y finalmente elaborar un producto nuevo a partir de esa nueva materia prima, diseñar equipos y tecnología para el uso cotidiano de dicho producto, etc.  Ahí incluimos las empresas alimenticias, de energía, alta tecnología, medicamentos, entre otros.  Por otro lado, tenemos empresas básicas y elementales que no tienen ninguna especialización y cuyo fin casi siempre es dedicarse a cualquier fin licito en el país en que se incorpora, aunque hay algunas que si están especializadas para ofrecer cierto tipo de servicio técnico que en un momento dado son enmendadas para dedicarse a otras actividades.  Una empresa de este tipo es una que básicamente se dedica a exportar bienes terminados de otros países y los distribuye al por mayor.  Su única función es identificar una oportunidad de negocio que le produzca ganancias y aprovecharla mientras dure, a veces estas oportunidades son por corto tiempo como en el caso de esta pandemia, a veces otras son de carácter permanente, lo que en algunos casos llega a la especulación cuando se compran “acciones” a precios bajos de bienes que se producirán en el futuro y se apuesta a que la calidad se mantenga y los precios en el mercado no caigan en picada.

He escuchado tanto a políticos como a periodistas cuestionar/criticar a los empresarios que hicieron negocio con las pruebas porque las corporaciones involucradas no tenían “expertise” en las pruebas de COVID y a una inclusive se le acusó de ser un mero colmado en Santurce.  Otro término repetido hasta el hastío por esta crisis es “enfermedad novel”, lo que significa que es algo nuevo, o sea, que no pueden haber personas que reclamen expertise sobre estas pruebas, ni siquiera el CDC bajo esta administración que aparte de cambiar sus criterios de como atender esta emergencia continuamente seguía la política publica disparatada del Presidente de los EE. UU.  Por tal razón, continuamente leíamos noticias de posibles tratamientos, periodos de incubación, medios de transmisión, síntomas, efectos a largo plazo, pruebas, tratamientos, etc. aplicables a esta novel enfermedad llegando hasta el ridículo de sugerir beber cloro.

Ante este escenario, varios empresarios identificaron una gran oportunidad de negocios (y posiblemente alguno con la buena fe de aportar a proteger al Pueblo de PR) mediante la adquisición de las pruebas que en algún momento el CDC autorizaba para ser utilizadas.  ¿Quiénes eran los responsables directos de que el gobierno de PR estuviera preparado para enfrentar esta enfermedad? La ignorante “epidemióloga del estado” que adjudicó la crisis de salud de Italia a que estaba cerca de China y el irresponsable que cobraba un cheque porque tenia un puesto de secretario que delegaba en la “eficientísima” Mabel Cabeza porque a él le causaba stress reunirse con su staff a dar instrucciones.  Después vino la “inocente” Conchita que por hacerse la heroína es la que ahora esta pagando los platos rotos por sus acciones o inacciones durante su interinato.  Nos enteramos de que el Departamento de Salud contaba con un “experto” del CDC que lo asesoraba con relación a las pruebas que el CDC aprobaba para diagnosticar el COVID.  A mí no me quedó claro si finalmente a esa persona la consultaban o no, lo único que me quedo claro fue que en algún momento el preparó una lista de pruebas aprobadas y se las hizo llegar a algunas personas.  Desconozco si participó en la evaluación de compras especificas o cuan frecuente el actualizaba estas listas.  En resumen, el expertise que se le reclama a las corporaciones o empresarios a quien se le tenia que exigir era a la agencia creada para atender este asunto: al Departamento de Salud.  Pero como vimos en las vistas, en todo ese proceso lo que había en esa agencia una serie de funcionarios ineptos, desmotivados, que no hacían mucho mas allá de lo que normalmente les tocaba, que si los consultaban bien y si no también, que aceptaban instrucciones de una funcionaria sin el más mínimo conocimiento del campo de la medicina, la salud publica y mucho menos la epidemiologia, empleados y funcionarios nombrados por el único mérito de ser activistas del partido en el poder.  Todos los elementos para la tormenta perfecta.

Estas corporaciones, sus empresarios y representantes lo único que hacían era identificar suplidores o fabricantes de pruebas y hacer tratos con ellos para comprarles las pruebas y vendérselas al gobierno de PR.  Ninguno de ellos tenia que saber nada de la ciencia detrás de la epidemiologia, la medicina, la producción de las pruebas porque todo eso esta regulado por la FDA y el CDC que constantemente emitían guías, protocolos y recomendaciones para atender esta pandemia.  Lo único que debía verificar estos comerciantes y sobre todo los funcionarios del Departamento de Salud y del Comité Medico era que las pruebas si cumplieran con la aprobación de dichas agencias.  ¿Cumplían o no? ¿Cumplían cuando se ofrecieron y después de entregadas se les retiro el endoso? No nos queda claro que pasó.  Pero la responsabilidad de asegurarse de que cumplieran era del gobierno de PR.  Si cumplían y posteriormente el CDC y/o la FDA les retiró el endoso no es responsabilidad ni culpa de los empresarios que de buena fe quisieron aportar a la solución, y tener sus ganancias, claro está.

Otros conceptos que escucho mucho cuando se critican los negocios del gobierno con empresas es el de “se acaba de inscribir” y el de “lo inscribió fulano de tal”.  Pregunto, si mañana Elon Musk renunciara a Space X y anunciara que creó una corporación y le presentó una propuesta de negocios al gobierno de PR para construir naves espaciales y lanzarlas desde Roosevelt Roads, ¿lo criticaríamos porque acaba de crear la corporación?  ¿objetaríamos que el gobierno hiciera negocios con esa nueva empresa porque acaba de crearse?  Bueno, depende, porque obviamente un proyecto como ese no depende de una sola persona sino de un grupo de profesionales que si deben tener la experiencia.  Ahora, si viene a decir que va a reclutar gente nueva sin experiencia, ahí estaría dudosa la negociación basándose únicamente en su fama como empresario.  Por otro lado, cuando se dice que “fulano de tal” inscribió una corporación eso no significa que el tal fulano es el dueño, director, inversionista o que tenga alguna relación con la empresa, es simplemente la persona que para récord el o los dueños de la corporación decidieron que hiciera la gestión por ellos.  Algunos hacen esto porque no les llama la atención bregar con papeleo y burocracia gubernamental y otros lo hacen por cuestión de mantener su privacidad y no se les relacione con sus empresas.

La prensa del país, y algunos políticos, critican que en PR no se ensene una cultura de empresarismo y que solamente nos educan para ser empleados de otros.  Pero si cada vez que unos empresarios deciden hacer negocios los vamos a estar criticando con  “la maldita privatización”, con el “se acaba de incorporar”, “no tiene expertise”, etc. no vamos a incentivar que mas personas escojan este tipo de actividad.  Busquen información de los grandes empresarios recientes y del siglo XX y verán que muchos no tenían “expertise”, algunos no tenían educación formal o abandonaron sus estudios y algunos tuvieron múltiples fracasos antes de lograr el éxito.  Tenemos que mentalizarnos en la conducta empresarial y entender lo que implica crear de la nada una actividad que genere riqueza, empleos, bienes, en fin un beneficio para nuestra sociedad.  Mientras estemos cómodos desde nuestro asiento de empleado que se puede hasta darse el lujo de cobrar sin trabajar y sin siquiera perder un día de vacaciones o enfermedad como están ahora lo empleados públicos (por pura politiquería primarista de la gobernadora) o del que normalmente recibe sus ayudas del gobierno sin tener que mover un dedo este país no superará esta crisis económica y social que enfrentamos.



viernes, 22 de mayo de 2020

UNANIME HIPOCRECIA


En medio de esta pandemia, hace poco más de un mes, el Tribunal Supremos de los EE. UU. (TS-EEUU) emitió una decisión que afecta los derechos de los acusados y altera el marco legal criminal de Puerto Rico.  El pasado 20 de abril, el TS-EEUU emitió su decisión sobre el caso Ramos v. Luisiana en el cual un convicto a cadena perpetua reclamaba su derecho a un veredicto unánime de culpabilidad como dicta la Constitución de los EEUU.  Cabe destacar que Luisiana y Oregón son los dos estados que todavía operaban bajo el esquema de mayoría y no de unanimidad.  Luisiana ya enmendó sus leyes y los nuevos casos se procesan con el requisito de unanimidad, pero debido a que el estado de derecho al momento del crimen del que se acusaba a Ramos era veredicto por mayoría pudo ser convicto a cadena perpetua.

¿Que establece la decisión del TS-EEUU?  La decisión expone varios datos para justificar su decisión.  Veamos algunos de ellos:

1.       En un caso citado como el caso Apodaca, se estableció que el requisito de unanimidad no le era aplicable a los estados, aunque si a nivel federal y de las cortes territoriales.  Interesante que en Puerto Rico se haya mantenido el sistema de mayoría cuando existía jurisprudencia que contradecía esta doctrina.  Pero como dicen los abogados, el derecho es rogado, y como dice el refrán, hay que tener cuidado con lo que se pide.  Ya vimos como en el caso de Sánchez Valle y el concepto de “double jeopardy” el ELA salió herido mortalmente sin que éste fuera un caso político.  Ahora escucho a muchos abogados “moralistas” celebrando que por fin se haya hecho “justicia” al requerir el veredicto unánime.  Ya veremos cuando se implante esta nueva doctrina y surjan los casos de maltratantes defendidos por maltratantes en el jurado, o de jurados homófobos viabilizando que crímenes de odio queden impunes.

2.       Se describe a las leyes de Oregón y Luisiana como leyes que fueron producto del racismo prevaleciente en ambos estados y su uso como estrategia para quitar poder a la comunidad afroamericana en los procesos judiciales.  Obviamente, en estados racistas la posibilidad de acusar a un blanco de cometer un delito contra un negro era mucho menor que la alternativa, así que en un juicio contra un negro, con un jurado mayormente blanco, con un juez blanco, un fiscal blanco y en el mejor de los casos un abogado blanco mal preparado y con poco incentivo para lograr la exoneración de un negro, exigir un veredicto unánime le daba la posibilidad a un solo jurado negro de lograr la exoneración del acusado.

A raíz de esta decisión la legislatura local se ha dado a la tarea de presentar legislación para atemperar el derecho penal de Puerto Rico a esta decisión federal, no solo prospectivamente, sino de manera retroactiva.  Resulta enigmático la razón de hacer valer este derecho retroactivamente cuando en la decisión del TS-EEUU el concepto de retroactividad se menciona 21 veces y TODAS son para establecer la NO-RETROACTIVIDAD de dicha decisión.  Por curiosidad busque si en la decisión había alguna referencia especial a Puerto Rico y a la aplicabilidad de esta decisión localmente y solo lo encontré en una ocasión, y curiosamente no fue la Jueza Sotomayor quien la hizo sino el Juez Alito en su opinión disidente en contra de la decisión del TS-EEUU.  Textualmente su referencia lee como sigue:

“Some years ago the British Parliament enacted a law allowing non-unanimous verdicts. Was Parliament under the sway of the Klan? The Constitution of Puerto Rico permits non-unanimous verdicts. Were the framers of that Constitution racists? Non-unanimous verdicts were once advocated by the American Law Institute and the American Bar Association. Was their aim to promote white supremacy? And how about the prominent scholars who have taken the same position? Racists all? Of course not. So all the talk about the Klan, etc., is entirely out of place.”

Lo que plantea el Juez Alito es que el argumento de que el racismo es lo que está detrás de la doctrina del veredicto mayoritario no es correcto.  Como verán el concepto de veredicto mayoritario no es algo alocado ni algo que no se haya considerado y defendido en diversidad de foros y naciones, incluyendo los propios EE. UU.  La decisión que se tomó el 2 de abril fue, irónicamente, una decisión por mayoría, no unánime.  De los nueve (9) jueces que componen el TS-EEUU, uno (1) disiente de la decisión y dos (2) concurren parcialmente.  O sea, que en efecto solo seis (6) de nueve (9) jueces son los que concurren en esta opinión, o sea, 66%, un porciento menor al requerido en una decisión mayoritaria cuando se requiere un mínimo de nueve (9) de doce (12) jurados encuentren culpable a un acusado, o sea, el 75%.

La decisión del TS-EEUU incluye la mención de los términos “serious crime(s)”, “serious offense(s)” y “serious criminal cases” en ocho (8) ocasiones cuando discute el requisito de veredicto unánime.  Sin embargo, el P. del S. 1590 le adscribe el derecho de solicitar nuevo juicio retroactivamente, y el requisito de unanimidad prospectivamente a todo tipo de acusación sin hacer distinción alguna.  De hecho, aunque en la exposición de motivos se usa el termino “graves” para describir la gravedad de los delitos, lo cierto es que en el texto de la ley no se menciona el mismo ni una sola vez.  De hecho, me preocupa el texto de la sección 3 del proyecto que enmienda la Regla 146 para que lea como sigue:

“Regla 146.- Jurado; veredicto; forma
El veredicto declarará al acusado "culpable" o "no culpable" o "no culpable por razón de locura". No será necesario conformarlo estrictamente a esta terminología pero la intención del jurado deberá constar claramente. Si el veredicto de culpabilidad se refiere a un delito con distintos grados o a un delito con otros delitos inferiores necesariamente comprendidos en el delito mayor, el veredicto rendido especificará el grado o el delito menor por el cual se hubiere encontrado culpable al acusado.”

Esto podría implicar que un acusado por varios delitos relacionados, algunos de los cuales pudieran ser graves y otros no, pudieran verse absueltos de los delitos graves por falta de unanimidad y que por lo tanto al estar los otros crímenes relacionados a éste o ser de un grado menor se pretenda aplicarle igual criterio y resulte al acusado absuelto de todos los cargos.  Entiendo que este lenguaje debe aclararse para establecer claramente que cada crimen o delito, relacionado o no, en mayor o menor grado que no se considere un delito grave no estará sujeto al requisito de unanimidad.

¿Por qué el título de este escrito?  Porque el autor de este proyecto de ley que pretende otorgar a los convictos bajo el sistema penal de Puerto Rico que nunca fue objetado por ninguno de los partidos políticos ni organizaciones legales los mismos e inclusive mas derechos que los que en realidad otorga la decisión del TS-EEUU en el caso de Ramos es el mismo que pretende que los que estamos en la libre comunidad, que cumplimos con el régimen de ley y orden que nos impone el Estado nos veamos en el cautiverio de su partido político cuando pretende alterar las reglas de juego electorales incluyendo como se decide el control de la Comisión Estatal de Elecciones.  Díganme si eso no es una “unánime hipocresía”.



jueves, 21 de mayo de 2020

COMPRAS DE EMERGENCIA


Unas sugerencias sobre posible legislación para establecer procedimientos claros y estrictos para manejar las compras bajo condiciones de emergencia.

Al amparo de una declaración de situación de emergencia total o parcial, a nivel local, regional o de toda la isla, sea de carácter estatal o federal, prevalecerán las siguientes condiciones para toda compra que realice el gobierno de Puerto Rico, incluyendo sus corporaciones públicas:

1.       El precio total a pagar incluirá:

a.       Costo mercancía – el licitador proveerá evidencia del precio sugerido por el manufacturero, mayorista o distribuidor.  La evidencia incluir nombre del representante, dirección física, número de teléfono, correo electrónico, página electrónica (web page) y la documentación con las especificaciones técnicas y certificaciones de agencias públicas y organizaciones privadas.
b.       Costo transportación y envió – el licitador proveerá evidencia del precio sugerido por el transportista o agencia de envío si el precio ya no esta incluido en el precio ofrecido por el manufacturero, mayorista o distribuidor.
c.       Impuestos (si son inevitables) – el licitador desglosará la tasa y cuantía total de cualquier impuesto o arbitrio que sea requerido pagar en el origen del cual no pueda ser exento.  Estos cargos deberán ser verificados en toda etapa del proceso de compra mientras este incluido como parte del costo total de la orden de compra o contrato.  En cada paso el funcionario a cargo documentara y certificara que dicho cargo fue consultado en la agencia estatal correspondiente e incluirá el nombre del funcionario, número de teléfono y correo electrónico.
d.       Ganancia máxima de:
                                                               i.      10% aprobado por el jefe de agencia, o
                                                             ii.      15% aprobado por el gobernador, o
                                                           iii.      20% aprobado por el gobernador y la mayoría de los miembros electos de la legislatura.
                                                           iv.      en el caso de que la mercancía sea una de difícil adquisición se podrá autorizar hasta un 25% de ganancia sobre el costo total de la compra con la aprobación del gobernador y el voto de ¾ partes de los legisladores electos o el voto unánime de los legisladores presentes al momento de la votación.

2.       La adjudicación de la orden de compra se basara en los siguientes criterios:

                                                               i.      Precio – en caso de que haya varias ofertas de mercancía que cumpla con los requisitos mínimos y el tiempo de entrega entre las distintas opciones no sea mayor de 2 días o un 5% del tiempo de entrega menor.  Este criterio tomara en consideración la cantidad de la mercancía en función de la cantidad requerida y el tiempo en que el gobierno podría consumir la totalidad de la compra.
                                                             ii.      Cantidad de compra – en el caso de que el menor postor no pueda proveer la cantidad requerida en un periodo de tiempo razonable se podrá dividir la compra para obtener del siguiente postor mas bajo el remanente de la cantidad requerida.
                                                           iii.      Especificaciones especiales – las compras estarán enfocadas en adquirir la mercancía con las especificaciones mínimas necesarias.  Solo se adquirirá mercancía con especificaciones especiales en el caso de que se haya agotado la mercancía básica y sea urgente la adquisición de la misma.
                                                           iv.      El agente de compras deberá documentar su análisis, cualquier consulta realizada con la unidad que origino la requisición o persona experta en la mercancía solicitada y cada funcionario que firme en cada etapa del proceso certificará que valida el análisis del funcionario bajo su supervisión y lo hace suyo.

3.       El Secretario del Departamento de Hacienda hará un análisis de la legislación fiscal de los estados de los EE. UU. para determinar en cuáles de ellos es posible solicitar exención del pago de impuestos y/o arbitrios sobre compras del gobierno de Puerto Rico y publicará un informe con el detalle de los requisitos para solicitar los mismos.  Este informe sera revisado anualmente y actualizado de ser necesario.

4.       Este informe se le hará disponible a todas las instrumentalidad del gobierno de Puerto Rico, incluyendo sus corporaciones públicas y se consultará al momento de evaluar cualquier cotización provista ya sea para compras regulares o de emergencia.

5.       El gobierno de Puerto Rico evitará adquirir mercancía que se le ofrezca a precios que se consideren excesivos de parte de suplidores que reclamen ser representantes exclusivos para Puerto Rico y podrá confiscar cualquier cargamento de dicha mercancía que llegue a los puertos o aeropuertos de la Isla.  Posteriormente, el gobierno pagará un costo razonable al importador de la misma usando como guía las disposiciones descritas en el inciso 1(a) a la (c).  En el caso de que dicho importador le haya negado al gobierno de Puerto Rico el suplido de dicha mercancía sujeto a los precios establecidos mediante esta ley se podrá imponer una penalidad de un uno por ciento (1%) del costo a pagar por cada día transcurrido desde la negativa manifiesta de parte del suplidor.

6.       Todo funcionario del gobierno de Puerto Rico que participe en cualquier etapa de compra bajo condiciones de emergencia deberá ser un funcionario sujeto a la radicación de informes financieros ante la Oficina de Ética Gubernamental y deberá haber tomado los adiestramientos relacionados a los procesos de compra que el gobierno ofrezca a sus agentes compradores.

7.       La Oficina del Contralor, la Oficina de Ética Gubernamental y la Administración de Servicios Generales diseñarán un curso especial dirigido a establecer los procedimientos a seguir en el caso de compras de emergencia.  Tomarán el mismo los jefes de agencia, los secretarios auxiliares de administración o funcionarios de similar función, el director de la oficina de compras y por lo menos dos (2) agente comprador de la oficina de compras.  De entenderlo necesario o apropiado el jefe de agencia podrá asignar hasta a dos (2) funcionarios de confianza adicionales para tomar el curso.  El curso podrá ofrecerse de manera presencial, de manera remota vía electrónica o mediante una combinación de ambos.  Al terminar el curso el funcionario certificara que ha completado el curso, que entiende la legislación y reglamentación aplicable, que seguirá los procesos explicados en el curso y que cualquier incumplimiento de su parte no podrá ser excusado bajo el pretexto de que recibió instrucciones contradictorias de parte de sus supervisores.

8.       Se prohíbe en la medida posible el uso de teléfonos móviles, tabletas, correos electrónicos, cuentas de redes sociales o medios de comunicación que no sean los oficiales provistos por la agencia a la que pertenece el funcionario.  Será responsabilidad de la agencia o del gobierno en general proveer las herramientas y mecanismos necesarios para que la comunicación entre el funcionario y la agencia y algún suplidor pueda realizarse mediante medios oficiales del gobierno de Puerto Rico.

9.       Las agencias del gobierno de Puerto Rico mantendrán un inventario al día de todos los materiales, accesorios, maquinaria, personal, equipos médicos, camas de hospital, etc. y anualmente actualizará el mismo y se le referirá al Secretario del Departamento de Seguridad Publica (si no eliminan ese Departamento) quien coordinara la asignación y manejo de las actividades de respuesta a emergencias y asesorara el gobernador sobre las acciones a tomar.  Igualmente, mantendrá comunicación con facilidades hospitalarias privadas, organizaciones medicas y profesionales que puedan proveer apoyo en la respuesta a una situación de emergencia.

martes, 19 de mayo de 2020

JUAN MALDONADO POST ROBERT RODRIGUEZ


Aparentemente, del testimonio de Robert Rodríguez se desprenden varias contradicciones sobre el testimonio de Juan Maldonado.  Estas contradicciones confirman mis sospechas de que:

  1. 1.       La realidad era que el que estaba haciendo el negocio era Juan Maldonado usando de frente a otras personas y compañías.
  2. 2.       La realidad era que el licenciado no consultó nada sobre Aaron Vicks y como el negoció era de él, él fue el que decidió cuanto le iba a pagar.
  3. 3.       El licenciado “negoció” por separado con ambas partes lo que él les repartiría de las ganancias del negocio.
  4. 4.       La realidad: (1) la firma la falsificó o uso sin autorización el licenciado y (2) que aunque en apariencia el solo es un representante de sus clientes y en este caso solo funge como notario lo cierto es que el es el beneficiario principal de esta transacción.

Si lo que ha surgido sobre el testimonio de Robert Rodríguez es cierto, se confirma mi teoría de que el Lic. Juan Maldonado, usando sus contactos políticos y sus relaciones profesionales desarrolladas cuando era funcionario del gobierno identificó la venta de equipos y materiales médicos como una forma de beneficiarse aprovechándose de la emergencia haciéndose pasar por un mero representante de contratistas y suplidores con los que compartiría la ganancia de casi $10M.

Todavía faltan más testimonios y conocer el detalle del testimonio de Robert Rodríguez, veremos que más surge sobre esta transacción y si algún funcionario gubernamental se vio involucrado y recapacita su posición negar o no recordar.

sábado, 16 de mayo de 2020

EL MISTERIO DE JUAN MALDONADO


La semana pasado muchos esperamos con ansias el testimonio del Lcdo. Juan Maldonado (por ahora).  La mayor parte del testimonio y del intercambio verbal con el presidente de la comisión fue uno normal, coherente, lógico.  Por sí solo, no había nada en el testimonio del licenciado que estuviera fuera de lo común, que no se ajustara a las practicas comerciales normales, a los procedimientos de negociación con el gobierno, etc. que nos hiciera pensar que se había cometido alguna irregularidad o que hubiera alguna intención real de cometer un fraude al gobierno más allá de la práctica común de un suplidor de hacerse de una tajada del dinero disponible en el gobierno y el Lic. Maldonado protegiendo el mejor interés de sus “clientes”.  Llamadas telefónicas, nombres de suplidores, vendedores, compañías, marcas, fechas, compromisos de entrega, conversaciones con los representantes del gobierno, todo fue expresado y provisto por el licenciado según le fue requerido sin poner objeción alguna.  Después de todo el meramente estaba representando a sus “clientes” y ofrecía la información que le representaban a él.

Todo iba miel sobre hojuelas hasta que se empezó a complicar la explicación de quien o quienes eran sus “clientes”, su participación en la notarización de una resolución corporativa, la firma de uno de sus “clientes” y la interacción entre dos de ellos.  Veamos como la conversación se fue complicando:

  1. 1.       El presidente de la comisión le pregunta le pregunta al licenciado quien era Aaron Vicks y este le contesta que fue la persona autorizada para firmar los documentos, obviamente.  El presidente le pregunta como “ustedes” llegaron a Aaron Vicks para que formara parte de la transacción y el licenciado por 1ra vez se niega a contestar reclamando el “privilegio abogado cliente”.
  2. 2.       Habiéndose hecho público un mensaje de texto entre el licenciado y Aaron Vicks donde el primero le decía al segundo que se le iba a pagar por su firma el presidente le pregunta cuanto iba a cobrar el señor Vicks por esta transacción y el licenciado por 2da vez reclama el privilegio abogado cliente.
  3. 3.       El presidente le pregunta al licenciado si Robert Rodríguez (uno de sus clientes) estuvo involucrado en la gestión para conseguir que el señor Aaron Vicks participara de la transacción y este le explicó que la gestión la hizo él y que el acuerdo se llegó entre ambas partes a través de él como intermediario.  Aunque rehusó entrar en detalles reclamando por 3ra vez el privilegio abogado cliente.
  4. 4.       El presidente le pregunta si la firma que aparece en la resolución corporativa notarizada por él era la del señor Robert Rodríguez el licenciado responde que no podía contestar como llegó esa firma ahí y pide acogerse a la 5ta enmienda y a su derecho a la no autoincriminación.  Esta vez no reclamo el privilegio abogado cliente.

Confieso que a base de las primeras vistas, comenzando por lo que nos informaron de los testimonios de la Dra. Quiñones de Longo y el General Burgos, pasando por el desfile de funcionarios de los departamentos de Hacienda, Salud, Servicios Generales, Gerencia y Presupuesto y Fortaleza lo que vi fue una recopilación de politiquería, ineptitud, desidia, desinterés, envidia, ansias de reconocimiento; en palabras simples un chorro de chismosos e ineptos que se juntaron para formar la “tormenta perfecta” de la transacción mas disparatada que se haya hecho pública.  Solo el testimonio de los miembros del “Task Force” Médico me pareció sincero, aunque obviamente, el tono de las preguntas del presidente siempre dejaba ese sabor de encubrimiento y falsedad tratando de manipular los detalles de cada contestación, fecha, hora, lugar, persona, etc.  Pero al final no creo que haya podido evidenciar ningún tipo de intención criminal ni irregularidad de parte del comité.  Sobre el testimonio de los funcionarios de Fortaleza, incluyendo el monstruo de 2 cabezas o la serpiente que se come por el rabo a sí misma, creo que no se puede denigrar más el desempeño de éstos más allá de su propio testimonio.  El testimonio de los 2 secretarios de la Gobernación y de la ayudante de la gobernadora era digno de un paso de comediA de los 3 chiflados.

Habiendo aclarado mi percepción, continuemos con el único testimonio que ciertamente levanta grandes interrogantes sobre la posible planificación de un fraude.  Analicemos las 4 instancias en que el licenciado se negó a contestar o a proveer detalles:

  1. 1.       Fíjense que el presidente le pregunta como USTEDES llegaron a Aaron Vicks.  USTEDES implicaría una participación activa del licenciado y de otra(s) persona(s).  Aceptar que hubo mas de una persona involucrada en el acercamiento al señor Vicks podría constituir perjurio si en realidad quien hizo el arreglo fue el sin consultar a nadie, por otro lado, aceptar que fue el por su cuenta pondría en cuestionamiento de si el era un mero “representante” o si en realidad el que estaba haciendo el negocio era el usando de frente a otras personas y compañías.
  2. 2.       En relación a cuanto iba a cobrar el señor Vicks es posible que el licenciado haya llegado a un acuerdo con este para pagarle una cantidad menor a la que el señor Rodríguez le hubiera autorizado (si es que lo consulto) y el resto se lo quedaba para él.  Otra opción es que el licenciado en realidad no consulto nada y como el negocio era de él, él fue el que decidió cuanto le iba a pagar.
  3. 3.       Sobre cómo se negoció con el señor Vicks para que entrara en la transacción me parece que esta contestación es cónsona con ambos escenarios planteados antes. Posiblemente el licenciado negocio por separado con ambos para lograr el mejor acuerdo, no para sus clientes, sino para el mismo, maximizando la oferta de Rodríguez y minimizando el pago a Vicks, la diferencia para su bolsillo.  La otra opción es que en realidad él no era ningún intermediario sino que el lo que estaba era negociando con ambas partes lo que él les repartiría de las ganancias del negocio.
  4. 4.       Por último, cuando el licenciado pide acogerse a la 5ta enmienda pero no reclama el privilegio abogado cliente me lleva a pensar que no se acoge a dicho privilegio porque en realidad no hay tal(es) cliente(s) sino socios o cómplices del fraude.  Que para poder declarar que no sabían nada nunca se comunicaron entre sí, sino que fue el licenciado quien negocio con ellos como el interesado en esta transacción.  Aunque todavía esta en duda si el señor Rodríguez en realidad sabia del negocio porque aún en el documento en que el licenciado acepta que esta la firma del señor Rodríguez lo más que afirma es que lo devolvieron firmado, o sea, que no le consta que el señor Rodríguez haya estado consciente de dicho documento.  Su negativa a contestar en el caso de la firma de la resolución corporativa podría tener dos implicaciones: (1) la firma la falsifico o uso sin autorización el licenciado y/o fue provista pero el no estaba presente y no le consta quien la proveyó lo que constituye una violación a la regla 67 del Reglamento de Notaria que dispone que “[e]l testimonio de legitimación de firma es el testimonio que acredita el hecho de que, en determinada fecha, una firma ha sido puesta en presencia del Notario y por quien evidentemente es quien dice ser” o simplemente es una falsificación de la firma y un hurto de identidad y (2) que aunque en apariencia el solo es un representante de sus clientes y en este caso solo funge como notario lo cierto es que el es el beneficiario principal de esta transacción y está violando el artículo 5 de la Ley Notarial que dispone que “[n]ingún notario podrá autorizar instrumentos en el que él intervenga como parte o que contenga disposiciones a su favor.”  De hecho, el propio licenciado admitió que a raíz de su salida del gobierno el trata de mantenerse al margen cuando realiza tramites ante el gobierno para evitar represalias en su contra, esto es una violación al código de ética del abogado que dispone que “[e]s impropio de un abogado ocultar su gestión profesional ante dichas agencias gubernamentales mediante el empleo de terceros o de medios indirectos para promover determinada acción gubernamental en interés de su cliente.

En resumen, mi teoría es que el Lic. Juan Maldonado, usando sus contactos políticos y sus relaciones profesionales desarrolladas cuando era funcionario del gobierno identificó la venta de equipos y materiales médicos como una forma de beneficiarse aprovechándose de la emergencia haciéndose pasar por un mero representante de contratistas y suplidores con los que compartiría la ganancia de casi $10M.  ¿Seria casualidad que el dueño de otra compañía que si logro beneficiarse de la venta de estos materiales fuera padrino de una de sus hijas?  ¿O seria un plan que entre familiares y compadres elaboraron para logar su objetivo?

Las personas que el licenciado aparentemente uso o trato de usar o se dejaron usar para lograr esta transacción ya fueron citadas para testificar, veremos si confirman, contradicen o se acogen a la 5ta enmienda sobre el testimonio del Lic. Maldonado.