miércoles, 16 de diciembre de 2015

DIVULGACION DE INFORMACION AJENA POR REDES SOCIALES: EN QUIEN PODEMOS CONFIAR

El dia de hoy lei un “retweet” de un “tweet” original de un supuesto agente de la Policia Municipal de una ciudad de la zona metropolitana que leía como sigue, luego de omitir la información especifica divulgada por el "agente":

“Precaución con dos individuos en un MARCA MODELO COLOR tablilla: %^&-¡@# andan armados.  Si los ven déjenme saber. Última vez en CIUDAD

Aparentemente, la persona que “retweetio” el mensaje conoce a dicho agente y es de su confianza, inclusive un conocido reportero “retweetio” le dio “like” al mensaje de esta persona por lo que entiendo que da fe de la reputación de dicho “agente”.

Inicialmente no le di mayor importancia, pero luego me surgieron las siguientes dudas.

En un narco-estado como en el que estamos viviendo:
  • ¿Cómo sabemos que esa persona es un Policía y no un sicario que busca su objetivo?, o peor,
  • ¿qué no es un policía corrupto que sabe que esas personas están buscando a uno de sus protegidos?


El Superintendente de Policía debería aclarar si es legal que un Policía divulgue información personal como el número de tablilla y descripción de un vehículo a través de las redes sociales cuando:
  • no hay ninguna noticia de algún delito cometido por estas personas o en un vehículo con esta descripción, así que presumo que tampoco hay querella sobre que el vehículo fuera hurtado
  • si una persona no ha cometido delito y lleva armas escondidas no hay derecho a intervenir
  • las personas podrían poseer licencias para portar armas o
  • el carro podría ser prestado y luego de devolvérselo al dueño, lo devuelven y un loco viene y hace un arresto civil a la persona, o
  • peor aún, ¿si resulta que esas personas sí andan en malos pasos y el carro fuera de un familiar inocente y un enemigo de ellos viera el vehículo y lo baleara pensando que lo están buscando a él y mueren inocentes?

El uso de las redes sociales es una herramienta útil y los ciudadanos pueden hacer uso de la misma para colaborar con las autoridades, pero las autoridades tienen una responsabilidad mayor de manejar la información que reciben de manera eficaz y prudente garantizando la seguridad de sus fuentes a la misma vez que se protege el derecho a la intimidad de la ciudadanía en general que se presume inocente hasta que se demuestre lo contrario, sobre todo cuando no ha sido acusado de crimen alguno.  Cualquier agente de la Policía que tenga información confidencial debe compartirla con el Cuerpo y pedir refuerzos y que estuvieran atentos para detectar algún vehículo o persona con la descripción de los sospechosos.

Lo contrario puede resultar en abusos y negligencia de parte de las autoridades, demandas al Gobierno por violación a sus derechos civiles y a la desestimación de casos aun cuando la información fuese objetada por no seguir los procedimientos correspondientes.

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