sábado, 15 de junio de 2019

LIBERTAD RELIGIOSA


¿Cuál es el derecho más fundamental para todo ser humano?  Obviamente su derecho a la vida.  Nadie puede tener el derecho a privar de la vida a otro ser humano, excepto en casos de defensa propia y siempre y cuando la defensa sea proporcional a la agresión o posible agresión.  Una vez le garantizamos la vida al ser humano, debemos garantizarle una calidad de vida apropiada conforme el avance de la civilización en que se desarrolla. Esto de la calidad de vida es un concepto relativamente nuevo, obviamente a lo largo de la historia los reyes, emperadores, faraones, zares y el concepto general de la realeza y el derecho divino a gobernar y dominar al resto de los miembros de un pueblo establecían una clara distinción en la calidad de vida en una misma sociedad.  No es hasta que se desarrolla el concepto de la democracia moderna abierta a la participación de los ciudadanos a escoger sus gobernantes que no se crea al menos el concepto del derecho a recibir trato igual del gobierno y a prohibir los privilegios extravagantes de las clases gobernantes.  Claro, eso es en teoría, todavía queda un gran trecho para lograr una verdadera igualdad dentro de sociedades democráticas, e inclusive de lograr la transformación de países donde la tiranía y la ignorancia del pueblo permite que existan gobiernos similares a los de la edad media.

¿Qué elementos deben abonar a que se logre una vida digna?  En mi opinión existen dos conceptos elementales: el derecho a la asociación y el derecho a la libre expresión.  Siendo el ser humano un ente social lo más lógico es que busque asociarse con otros seres humanos con intereses afines, ya sea en asuntos fundamentales a la convivencia como sería la política, el comercio y la religión o en asuntos secundarios como intereses artísticos, deportivos, entre otros.  Sabemos que la constitución garantiza el derecho al libre ejercicio de una religión y a la separación de iglesia y estado.  Este derecho esta dirigido a proteger a la iglesia del poder del estado, no al revés.  Un pastor, imán, rabino, sacerdote o cualquier otro líder religioso tiene todo el derecho de expresar su opinión sobre asuntos de estado, tiene derecho a aspirar a cargos políticos y tiene derecho inclusive a proponer legislación que pudiera parecer una imposición de su fe religiosa. Dicha legislación puede ser aprobada y si no es cuestionada o si el Tribunal Supremo no la declara inconstitucional la misma es válida.  Lo que no puede ocurrir bajo ningún concepto es que se establezca una religión oficial y se prohíba la practica de cualquier otra.  La única manera seria que se apruebe unánimemente, el tribunal supremo lo confirme, la policía lo implante estrictamente, etc.  Pero obviamente, eso ya no seria una democracia sino una tiranía teológica extremista.

Como verán, coloco a la religión como un derecho que se deriva de los derechos a asociación y a la libre expresión, que a su vez se derivan del derecho a la dignidad humana.  No existe ningún principio ni ley universal que le dé a la religión una categoría superior al derecho que tiene un ser humano de asociarse a los Boys Scouts, a un club deportivo como el Real Madrid o a los Yankees de NY, o a organizaciones cívicas como los distintos colegios profesionales, el Club de Leones, el Club Rotario, las Damas Cívicas, la Asociación Americana de Personas Retiradas (AARP), entre las miles de asociaciones cívicas y de organizaciones no gubernamentales y sin fines de lucro.  Todas estas organizaciones tienen un fin positivo, hasta donde yo sé.  Ninguno promueve la violencia, la inmoralidad, el crimen, la división social o cualquier otro vicio.  La única diferencia entre estas asociaciones y la religión es el concepto de una vida más allá de la muerte, con sus diferentes vertientes.

Entonces, ¿porque se insiste en darle una prioridad y una defensa preferente al ejercicio de un credo religioso sobre cualquier otro principio laico?  Muchas organizaciones tienen credos o principios filosóficos que se supone enmarquen la conducta de sus miembros.  ¿Podría un miembro de un Club de Leones negarse a proveer un servicio a un miembro de un Club Rotario porque sus principios filosóficos no son exactamente iguales?  ¿Podría un fanático de los Vaqueros de Bayamón negarse a proveer un servicio a un fanático de los Capitanes de Arecibo?  ¿Vamos a legislar para garantizarle un derecho a un empleado público a elegir a quien atiende y a quien no basado en su nivel de indignación ante la persona a la que debe servir?

La ley que se proponía, y que temo aun se proponen aprobar, no solo le da preferencia a la religión cristiana, que esta unánimemente representada entre los que la defienden.  No hay un musulmán, budista, o de otra religión reclamando protección alguna.  Sino que se le está dando una categoría superior a la religión sobre cualquier otro concepto cívico que actualmente pudiera tener un valor igual o mayor que el de la religión.  Si bien la mayoría reconoce a la religión un rol importante en la sociedad actual, lo cierto es que las organizaciones religiosas a nivel mundial no están en su mejor momento.  Los innumerables casos de pederastia y abuso sexual inclusive hacia monjas y entre sacerdotes, así como las acusaciones de centros de adopción ilegales donde se le removía a mujeres solteras sus bebes bajo engaño para dárselos a familias que fueran practicantes religiosas.  Sin mencionar las alianzas y entendidos con gobiernos totalitarios en épocas de guerra.

La práctica de la religión de un empleado público no está restringida de ninguna manera.  De hecho, seguramente, aquellos de ustedes que van a recibir servicios del gobierno han visto en los escritorios y cubículos de los empleados símbolos religiosos como crucifijos, citas bíblicas, tarjetitas religiosas, mayormente cristianas.  ¿Alguna vez un musulmán se ha quejado de eso?  Resulta interesante que el único caso en que se planteo seriamente este asunto de la libertad religiosa fue cuando un juez del Tribunal Supremo se quejó porque otro juez había colocado decoración navideña en un área común de sus oficinas, el mismo tribunal que en última instancia tendría que decidir sobre esta controversia.  Les dejo este enlace donde se discute en mas detalle el asunto del derecho que pueda o no tener el ejercicio de una fe religiosa.


Les añado el siguiente enlace donde expresiones sobre la libertad religiosa y la separación de iglesia y estado del juez Kolthoff, el mismo que puso el pesebre, son analizadas.


El juez Kolthoff es hijo de un pastor y una pastora y obviamente la influencia de la religión sobre su personalidad es mas que obvia.  Basado en estos artículos y expresiones de expertos que no tienen interés en esta controversia, la posición que se pretendía defender seria declarada inconstitucional y todo hubiera sido una enorme perdida de tiempo y dinero para complacer a un grupo de personas que por lo menos ya cuando hablan reconocen que dentro del cristianismo hay diversidad de opiniones sobre el tema y que ellos solo hablan por ellos y por el grupito que los apoya, contrario a su estilo previo donde se proclamaban los portavoces de la conciencia cristiana del país.