miércoles, 22 de abril de 2026

TRS vs AS o los Derechos del Contribuyente o Carpeteo Legalizado

La lucha fratricida del PNP ha alcanzado un nivel tal que se ha reflejado en una lucha entre dos de los poderes constitucionales que tendrá que ser adjudicada por el tercer poder constitucional.  Por un lado el legislativo reclama su poder investigativo y por el otro el ejecutivo reclama su obligación de defender la confidencialidad de la información de los contribuyentes. Escucho a analistas alegar que la acción del legislativo tiene el potencial de afectar no solo a AS y a JGo en esta pelea interna sino que podría impactar a cualquier ciudadano que se atreva a enfrenta o criticar al poder legislativo mediante un carpeteo legalizado disfrazado de investigación legislativa.  Curiosamente, algunos de estos analistas son contratistas históricos con el PNP, el PPD e inclusive con ambos mediante las alianzas convenientes de empresarios de ambos partidos en una misma compañía.

Es mi opinión que independientemente de los motivos que pueda tener TRS para solicitar la información que está pidiendo esa gestión, si se generalizara, seria mas productiva que dedicarse a radicar resoluciones de felicitación, para nominar calles o legislar días del sombrero o la muñeca.  Este país necesita menos leyes y mas supervisión.  ¿Qué se logra con crear mas leyes? Crear mas delitos, en el mejor de los casos.

El issue que enfrentamos en este momento es la quiebra y el despilfarro y mal uso de fondos públicos.  Si la democracia es un sistema de pesos y contrapesos, ¿porque la legislatura no puede dedicarse a supervisar la administración de los fondos públicos, por lo menos los que se desembolsan por contrato, realizando Comisiones Totales o interpelaciones periódicas a los secretarios de agencias que manejan la mayor cantidad de fondos públicos?

¿Por qué no los citan para que de un informe de como se han invertido dichos fondos?  ¿Qué porciento de los fondos se han desembolsado?  ¿Qué porciento de la obra o servicio se ha rendido?  ¿Qué logros se han obtenido de esta inversión?  ¿Qué problemas pueden haberse encontrado en el progreso de la obra?  ¿Se esta cumpliendo con las condiciones del contrato?  ¿Se han tomado acciones correctivas si no se han cumplido?  ¿Por qué hay que esperar años a que el Contralor finalmente le dé con auditar a las agencias pertinentes?

En ese caso, veamos lo que esta en cuestionamiento.  AS es un reconocido abogado, PNP obviamente, con varios contratos con esta administración, de la cual ha sido un firme defensor en su carácter personal.  Por razones que desconozco aparentemente surge un cuestionamiento de cuantas horas se autorizan por contrato, cuantas horas está facturando y si es humanamente posible que el pueda cumplir con esas horas.  Me resulta curioso que nadie ha planteado como defensa que el trabajo lo realiza su bufete legal y los abogados que pertenecen al mismo.  Ha sido el propio AS quien ha dicho en su defensa que el delega en otros abogados algunos de sus casos, pero no menciona un bufete.  A prima facie no parecería que hubiera nada ilegal.

Sin embargo, como nadie menciona a un bufete tengo que asumir que los contratos son con AS como abogado individual.  La norma es que los contratos del gobierno tienen una cláusula que prohíbe la subcontratación de los servicios contratados, algo que AS tampoco ha refutado en su defensa.  Así que debo asumir que dicha cláusula le es de aplicabilidad en sus contratos.  ¿Qué implicación tiene esto?  Que estaría violando sus contratos con las consecuencias legales aplicables.

Pero aparte de que este violando esa condición hay un cuestionamiento de la facturación.  Normalmente, para los servicios legales se somete una propuesta donde un bufete establece su esquema de facturación a base de la jerarquía del abogado o funcionario del bufete.  Por ejemplo, un abogado principal puede facturar $500/hr, un abogado rookie $200/hr, un abogado especialista en algún campo $1,000/hr, un técnico legal $75/hr, etc.  Ese esquema debe reflejarse en la factura y correspondiente informe para poder evaluar si los servicios se prestaron o no conforme al contrato.  Si se contrata un abogado en su carácter individual debo presumir que sus tarifas deben responder a su reputación en el mundo legal.

Supongamos que el contrato le asigna 100 horas mensual a razón de $500/hr y que de hecho su facturación no excede de las 100 horas.  Todo parecería estar en cumplimiento.  Pero AS ha dicho que el ha delegado en otros abogados.  ¿Esos abogados, cuanto le cobran a AS?  ¿Los servicios que ofrece AS son altamente especializados?  ¿Son casos altamente complejos?  ¿O es meramente el servicio legal de asesoramiento básico sobre legislación?

Si un abogado subcontratado le factura a AS $200/hr y después AS le factura al gobierno $500/hr que es lo que establece su contrato, ¿no sería esto enriquecimiento indebido?   Si todo esta correcto y no hay nada irregular ¿cuál es el miedo a que se emita una mera certificación de si AS sometió las 480’s correspondientes?

Otro asunto es ¿que se logra con obtener una certificación que no identifica personas ni cuantifica los pagos?  Debo presumir que es posible que entre sus funciones con el gobierno o en el campo privado AS debe haber contratado o subcontrato abogados según fuera necesario y por lo tanto la certificación diría que SI sometió 480’s.  ¿Y ahora que?  Si se supiera el nombre de los abogados el Senado podría citarlos para que bajo juramento indiquen si los pagos recibidos fueron por casos del gobierno o casos privados, ¿pero sin el nombre?

Los que plantean el riesgo del carpeteo obvian que se esta hablando de fiscalizar un contrato y fondos públicos, lo que justifica el interés del Senado.  Un analista que le caiga encima al gobierno pero que no tiene ninguna relación contractual con el gobierno no debe temer que se le fiscalice bajo los procedimientos legales.  Claro está, eso no obvia que los medios ilegales sean utilizados para filtrar la información que el partido en el poder pueda utilizar para atacar a un enemigo político.  ¿Ya se nos olvidó como ese mismo Departamento de Hacienda donde el actual Secretario ya era funcionario y su asesor principal Manuel Diaz Saldaña (que también lo acompaña) ventilaron las planillas de Mariana Nogales, su madre y su corporación?  ¿Qué consulta legal hicieron en ese momento?  ¿Por qué TRS tiene que pedir oficialmente esta información?  Porque es del bando contrario del PNP, si todo fuera “peaches and cream” en el PNP y el abogado no fuera PNP puedes apostar a que no la certificación, sino que copia de todas las planillas y todos sus anejos le habrían llegado envueltas con un lacito de regalo.

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