sábado, 31 de marzo de 2018

Cataluña y Puerto Rico Son…


Cataluña y Puerto Rico Son…


Cuba y Puerto Rico son
de un pájaro las dos alas,
reciben flores o balas
sobre el mismo corazón…
Lola Rodríguez de Tio


Aunque románticamente los versos de la poetisa siguen vigentes, lo cierto es que la relación PR/Cuba ha ido de más a menos.  Obviamente los movimientos independentistas ven en Cuba a su mayor aliado, pero lo cierto es que para el ciudadano común y corriente Cuba es un país lejano, pobre y de ideologías ajenas a la tradición democrática de PR, aun cuando en algunos aspectos nos supera.  Lejos están los tiempos de la lucha común de fines del siglo XIX por su independencia en contra de España.  Cuba fue la segunda patria de la poetisa a raíz de su segundo destierro por sus críticas al gobierno español.

Irónicamente, en el siglo XXI surge una coincidencia de luchas, aunque separadas por la “Mar Océano” (como llamaban al Océano Atlántico en los tiempos de la conquista), entre Puerto Rico y la comunidad autónoma de Cataluña, salvando la diferencia de que PR es una colonia y Cataluña es parte integral e importante de España.

Veamos a grandes rasgos cual ha sido la relación histórica de la comunidad catalana con otros reinos hispanos y países europeos:

Siglo VIII – La región catalana pertenecía al imperio francés.  Los territorios se organizaron políticamente en diferentes condados.  El Imperio se debilito y los condados catalanes se desvincularon para formar una entidad propia.

Siglo X – La nobleza catalana oficializa esta decisión al no prestar juramento de lealtad al Rey de Francia.

Siglo XII - Durante siglo y medio, los Condados catalanes vivieron cierta independencia política, mientras en el resto de la península pequeños reinos cristianos enfrentaban al poder musulmán.  Mediante la boda de un noble catalán con una princesa de Aragón se produjo la unión dinástica entre los Condados catalanes y el Reino de Aragón, conocida como la Corona de Aragón.  En esta unión ambos reinos conservaron sus propias instituciones y leyes medievales, mientras impulsaban juntos su expansión por el Mediterráneo.

Siglo XV

Si bien los Condados catalanes fueron el elemento más dinámico en la expansión de la Corona de Aragón, Barcelona (capital de Cataluna) sufrió un claro declive económico y demográfico que coincidió con la unión dinástica entre la Corona de Castilla y la de Aragón, lo que impidió que Cataluña pudiera sacar mayor provecho de las oportunidades que ofreció la conquista de América.

Siglo XVII

Barcelona logra una espectacular recuperación económica de la ciudad en el siglo XVII, gracias a las nuevas vías comerciales abiertas por los castellanos, que solo se vio interrumpida por la rebelión de 1640.

Debido a mayores exigencias económicas parte de la nobleza catalana auspició en 1640 una revuelta popular contra el ejército real que había acudido a esta región española a combatir a Francia. Asustados por la brutalidad de la revuelta, la oligarquía recurrió a una alianza con Francia que inundó sus mercados de productos de su país durante doce años. El final de la Guerra de los Treinta años permitió a Felipe IV recuperar Cataluña, cuya población aplaudió el regreso a España.

Siglo XVIII

La muerte del Rey de España sin dejar descendientes dio lugar a la Guerra de Sucesión, donde se enfrentaron los partidarios del francés Felipe de Borbón con los del Archiduque Carlos de Austria. Una parte mayoritaria de Cataluña respaldo el bando de los Austrias, e inclusive pacto con Inglaterra defender al archiduque mientras que Inglaterra defendería la constitución catalana. Eventualmente Inglaterra se retira y prevalece el de Borbón.  El final del conflicto puso fin a los privilegios políticos de Cataluña, que incluía nombrar sus propios embajadores. 

Siglo XIX

Cataluña vivió un nuevo periodo de desarrollo económico que se vio truncado dramáticamente un siglo después por la invasión francesa de Napoleón Bonaparte. Esto dio paso a un sentimiento fallido de crear un estado-nación espanol. Sin embargo, la inestabilidad política, el tímido desarrollo económico y la Guerra de Cuba (Hispanoamericana) terminó manifestando el descontento de algunos sectores dirigentes, como ocurrió en los casos catalán y vasco, frente a ese estado nación español. En Cataluña, los industriales textiles, que perdieron mucho volumen de negocio con la caída de las últimas colonias (Cuna, PR y Filipinas), hicieron una apuesta hacia proyectos de base catalanistas.

Como verán, durante un periodo de unos 1,200 años, Cataluña ha sido francesa, independiente, española y ha hecho alianzas con reinos españoles y con países extranjeros.  Su integración final al estado español fue resultado de una guerra en la cual Cataluña fue invadida por el ejército francés que respaldaba a su compatriota aspirante a la corona de España.  O sea, no fue mediante un tratado o pacto (como se decía que era la relación de PR con E.E.U.U.).

Eso nos trae a la situación que prevalece en pleno siglo XXI cuando Cataluña reclama su independencia de España.  En 2010, es investido Presidente de Cataluña el Sr. Artur Mas, en alianza con las fuerzas de tendencia independentista, quien inicia el movimiento que actualmente sigue en proceso.  En 2012 se propone un referéndum para decidir si Cataluña se independiza de España que luego de objeciones constitucionales se suspende.  No obstante, posteriormente se decide celebrar una consulta que Mas entiende cumple con el derecho constitucional español y las leyes catalanas. Participan unos 2.2 millones de votantes, de los cuales sobre el 80% voto por una Cataluña independiente.  En 2015 vuelven a prevalecer los movimientos independentistas y el Sr. Mas decide retirar su aspiración y delega en el Sr. Carles Puigdemont la investidura como Presidente de Cataluña.  En 2017 se celebra un segundo referéndum con la activa oposición del estado español que envía fuerzas policiales a confiscar el material electoral y evitar la celebración del mismo.  Sin embargo, a pesar de que inclusive se recurrió a la violencia en contra de electores, se logró una participación similar con resultados idénticos.  Cabe destacar que en las últimas elecciones celebradas se contabilizaron 4.4 millones de votos, o sea, que los votos contabilizados en las consultas de estatus a favor de la independencia representan poco menos del 50% del voto popular, por lo que no puede despreciarse la magnitud del voto contabilizado, aunque no se le de carácter oficial ni se le de validez.

A raíz de este evento, varios lideres independentistas catalanes han sido acusados de sedición (¿les suena familiar este “horroroso crimen”?) y encarcelados. Otros huyeron y se encuentran en el exilio en países de la Unión Europea.  No fue hasta recientemente que lograron capturar al señor Puigdemont cuando transitaba por Alemania debido a que en ese país (histórico ejemplo de democracia y justicia) la sedición si es un crimen, contrario a lo que ocurre en muchos de los demás países que constituyen la Unión Europea en los cuales estuvo de paso.

¿En que se basa el estado español para estas acciones contra el pueblo catalán?  Por un lado, está la Constitución Española que en su Título 8 - De la organización territorial del Estado, Capitulo III - De las Comunidades Autónomas, Artículo 149 – Competencias exclusivas del Estado dispone lo siguiente:

“El Estado (español) tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:
……
32.ª Autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum.”

Como podrán darse cuenta, la constitución no es que prohíba la proclamación de la independencia de una comunidad autónoma, sino que prohíbe el simple hecho de que una comunidad autónoma consulte a sus ciudadanos sobre un asunto particular.  Los que cuestionan las consultas alegan que Cataluña debe plantear esos asuntos al Parlamento Español y no decidir por su cuenta.  ¿Pero como puede un grupo de políticos hablar en nombre de un Pueblo si no se realiza una consulta sobre su sentir respecto a un asunto en específico?  La objeción a las consultas realizadas y a sus resultados es evidencia de las pocas posibilidades de que una solicitud de consulta, y mucho menos, una solicitud de independencia, pueda ser aprobada en el Parlamento Español.

Por el otro, a raíz del desmantelamiento del Parlamento catalán, el Presidente español ordeno la realización de nuevas elecciones amparado en el Artículo 155 de la Constitución antes mencionada que dispone que:

“Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.”

El resultado de las nuevas elecciones fue que prevalecieron nuevamente las fuerzas independentistas que propusieron nuevamente al señor Puigdemont (que se encontraba prófugo) como Presidente.  Este asunto sigue en controversia al día de hoy cuando todavía no se ha podido investir un nuevo Presidente en Cataluña.

O sea, el mensaje es: si me pides permiso te voy a decir que no y si no me pides permiso te digo igual que no y te caigo a palos.  Una actitud ejemplar de un estado que se llama democrático.


Analicemos ahora el caso de PR.  La Constitución de los EE. UU. en su Artículo IX, Sección 3 dispone:

“The Congress shall have Power to dispose of and make all needful Rules and Regulations respecting the Territory or other Property belonging to the United States; and nothing in this Constitution shall be so construed as to Prejudice any Claims of the United States, or of any particular State.”

Que traducido al español lee como sigue:

“El Congreso tendrá el poder de disponer y de hacer todas las reglas y reglamentos necesarios respecto al Territorio u otra propiedad perteneciente a los Estados Unidos; y nada en esta Constitución será tan interpretado como para perjudicar cualquier reclamación de los Estados Unidos, o de cualquier estado en particular.”

Amparado en esos poderes, el Congreso mantuvo engañado al Pueblo de PR, con la complicidad de los políticos de entonces y de muchos de los actuales, haciéndonos creer que la relación PR/E.E.U.U. es como una especie de pacto.  Durante los pasados casi 70 años, PR ha mantenido una relación con los E.E.U.U. al amparo del marco legal que establece el gobierno federal y sujetos a sus disposiciones, a menos que se nos exima explícitamente.  Esta relación ha incluido un aspecto sumamente importante que es la reglamentación aplicable a la banca, la emisión y compra de bonos y acciones, etc.  Durante décadas, PR ha participado activamente del mercado bursátil americano sujeto a la estricta reglamentación vigente.  Sin embargo, durante las ultimas décadas, nuestros bonos han sido degradados de manera continua sin que esto nos impidiera continuar emitiendo ventas billonarias de bonos para “infraestructura”.  Al día de hoy, PR se encuentra en una virtual quiebra económica, fiscal y política sujeto a los poderes plenipotenciarios del Congreso.

En virtud de los mismos poderes utilizados para engañarnos se aprobó la Ley Pública 114–187- "Ley para la Supervisión, la Gestión y Estabilidad Económica de Puerto Rico”, mejor conocida por sus siglas en inglés como “PROMESA”, que en su Sec. 4.- SUPREMACÍA dispone lo siguiente:

“The provisions of this Act shall prevail over any general or specific provisions of territory law, State law, or regulation that is inconsistent with this Act.”

Que traducido al español lee como sigue:

Las disposiciones de esta Ley prevalecerán sobre cualesquiera disposiciones generales o específicas de la ley territorial, la ley estatal o la reglamentación que sea incompatible con esta Ley.

Esta ley creo lo que se conoce como la Junta de Supervisión Fiscal, compuesta por 7 miembros designados por el Congreso y el Presidente de los E.E.U.U. para tomar las decisiones sobre los asuntos fiscales del gobierno de Puerto Rico.  Aunque esta ley ha permitido que Puerto Rico se beneficie de postergar el pago de sus deudas con los bonistas a los que se les adeudan billones de dólares, lo cierto es que actualmente la Junta le exige al Gobierno de PR la imposición de recortes presupuestarios y en los beneficios que reciben tanto los empleados públicos como los jubilados del gobierno al punto de llevarlos casi a un estado de miseria.

¿Qué puede hacer el Pueblo de PR para combatir estas acciones?  La estrategia del actual Gobierno era mover el asunto del estatus celebrando un referéndum de estatus para solicitar la anexión como estado federado de los E.E.U.U. ya que su planteamiento principal es que si fuéramos estado no estaríamos pasado por esta situación de imposición colonial.

El referéndum se realizo en consulta con el Gobierno de los E.E.U.U. que requirió modificaciones al proceso las cuales se realizaron y se solicitó la aprobación final al proceso.  Sin embargo, el Gobierno de los E.E.U.U. nunca contesto y el referéndum se realizo prevaleciendo la estadidad.  Los resultados fueron informados y aun continuamos por una respuesta oficial.

Actualmente, el Gobernador de PR le ha declarado la guerra a la Junta y manifestó que no implantara las medidas fiscales que le recomiendan.  ¿Asumira nuestro Gobernador, descendiente de mallorquines, pero favorecedor de la estadidad, la actitud desafiante de Puigdemont?  ¿Lo respaldara su partido como han dicho algunos que están dispuesto a ir a prisión antes de obedecer las ordenes de la Junta?

Como verán, en ambos casos el gobierno central reclama autoridad total sobre cualquier consulta de estatus, la objeta si no se les consulta o si se realiza en cumplimiento hacen caso omiso.  La misma actitud antidemocrática y prepotente en ambos casos.

…de un abuso las dos caras

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