miércoles, 21 de enero de 2015

Contrato Fotomultas

Durante los primeros 2 meses de su implementacion el sistema de fotomultas recaudo aproximadamente $1,400,000, lo que proyectado a un año equivale a $8,400,000.  Asumamos que con las camaras ya instaladas pudieran recaudar anualmente durante la vigencia del contrato esa misma cantidad, lo que seria ilogico porque la idea es reducir las violaciones, pero para efectos del analisis digamos que permanece constante.

El porciento que le corresponde a la privatizadora (ICT) se reduciria de un 45% hasta un minimo de 30%,   Al aplicar estos porcientos al recaudo antes indicado estimamos que la porcion que le corresponderia a ICT al cabo de 5 anos seria de unos $15,000,000.

Si tuvieramos que pagarle los $6,000,000 por cancelacion del contrato esto equivaldria a que le pagariamos el 40% (6/15 millones) del recaudo proyectado para ICT luego de un servicio de solo el 5% (3/60 meses) del periodo acordado.

Si en realidad es un plan piloto es porque se tiene dudas del resultado de la implantacion, entonces, si no se hizo ni siquiera una subasta, porque se negocio una clausula tan ventajosa para ICT?  Ahora se plantea que hubo incumplimiento de parte de ICT por lo que el pago de $6,000,000 no aplicaria, pero ?que hubiera pasado si luego del primer año se hubiera implantado adecuadamente pero que no se hubiera logrado la reduccion en accidentes, que era el alegado objetivo?

?Se habria dejado en funcion un sistema que no paso la prueba, o, se hubiera cancelado y entonces si aplicaba el pago de $6,000,000 por no haber incumplimiento de parte de ICT?  En ese caso no habria excusa para no pagar la penalidad mas se hubieran llevado el 45% de las multas impuestas, o sea, $6,000,000 + $3,780,000 (el 45% de $8,400,000) = $9,780,000.  No esta mal para un sistema que no funciona. 

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