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Durante estos días hemos visto
varios casos de legisladores referidos a las Comisiones de Ética de sus cuerpos
correspondientes. En el caso de los
Representantes Jaime Perelló y Jennifer González vimos como un supuesto comité
de ciudadanos decidió basado en tecnicismos que no había jurisdicción y que no procedería
a ver los casos en su fondo. En estos
casos las querellas se basaban en insinuaciones o señalamientos vagos de
alegada responsabilidad vicaria de dichos funcionarios sobre las actuaciones de
personal que alegadamente debían supervisar.
Ninguno de los dos ha sido referido a un foro judicial y ni siquiera ha
sido acusado de ningún delito y mucho menos sido convicto. En estos casos, podría entenderse la
renuencia a procesarlos.
Sin embargo, tenemos el caso de
la Sen. Maritere González. Olvidémonos
de ella, a qué partido pertenece, que estamos solo a meses de que ya no esté en
la Legislatura. Concentrémonos en la
razón para ser (o por la que debió ser) referida ante la Comisión de Ética del
Senado. La senadora González en su
testimonio ante el Tribunal Federal, en el caso de los cómplices de Anaudi, se acogió
a la 5ta enmienda en respuesta a una de las preguntas sobre su participación o
conocimiento de las actuaciones de Anaudi.
¿Cuál es la razón de acogerse a
la 5ta enmienda? Un testigo tiene el
derecho a no autoincriminarse, no a mentir, para evitar que su propio
testimonio lo involucre en la comisión, en el encubrimiento o de ser acusado de
ser cómplice de un delito. O sea, que la
senadora cometió, encubrió o fue cómplice de un delito. ¿Cuál es el delito? Aun nadie sabe cuál es. En estos términos, nadie puede acusarla de
ser una criminal porque no hay ninguna acusación contra ella y mucho menos una
convicción. En este caso la cobija la
“presunción de inocencia”. Este
principio es uno que en nuestro sistema judicial aplica a todo acusado de
cualquier delito y está en el Gobierno el peso de la prueba para demostrar que
el acusado es culpable. Sin embargo, hay
que aclarar que este principio aplica única y exclusivamente en el proceso
judicial, nada tiene que ver con asuntos éticos o morales.
Por otro lado está el concepto de
la ética. ¿Qué es la ética? Básicamente es el conjunto de principios
morales que guía la manera en que la sociedad y los ciudadanos individuales se
relacionan entre sí. O sea, que por
definición las leyes son principios éticos que a través del Gobierno se les
impone a todos los ciudadanos de un país.
Sin embargo, no todos los principios éticos pueden imponerse como leyes a
la ciudadanía en general como en el caso de las distintas profesiones cuyos principios
éticos se conocen como su Código de Ética Profesional. Igualmente conocemos la Oficina de Ética
Gubernamental que le impone a los servidores públicos un código de ética especifico.
En el caso de la Legislatura de
Puerto Rico, por disposición constitucional, los legisladores solo pueden ser
juzgados por sus pares en lo que concierne a su permanencia como miembro de la
legislatura. Para esto cada cuerpo
legislativo en cada cuatrienio establece su Comité de Ética y un reglamento que
rige sus procedimientos. Ahora, ¿qué
puede tomar en consideración el Comité de Ética para decidir sobre cualquier
referido contra un legislador? Pues debe
seguir las disposiciones que el reglamento aprobado dispone, casi siempre para
beneficio de los legisladores para evitar ser tan siquiera procesados.
Aunque los legisladores no necesariamente
tienen el privilegio de la presunción de inocencia, lo que sí tienen es
inmunidad parlamentaria. Esto significa
que no pueden ser demandados por cualquier expresión suya como parte del
proceso legislativo. Por lo tanto, si un
ciudadano pusiera una demanda contra un legislador por sentirse ofendido o que alegue
haber sufrido daños por alguna expresión suya, esto no podría ser suficiente
para ser referido al Comité de Ética.
Sin embargo, si la conducta de este legislador fuese la de
constantemente emitir comentarios ofensivos, racistas, homofóbicos, etc. se podría
radicar una querella en su contra y el Cuerpo al que pertenece podría decidir
que aun cuando lo cobija una inmunidad contra cualquier demanda su conducta
resulta indecorosa e indigna para la imagen de dicho cuerpo y pueden decidir
expulsarlo.
Otro privilegio que cobija a los
legisladores es que si se va transitando hacia la Legislatura a realizar su función
legislativa un policía no puede detenerlo.
Recordemos el caso de la Rep. Ana Nisi Goyco que fue perseguida por una
patrulla por todo el expreso y no se detuvo hasta que llego al Capitolio. Supongamos que el policía logra detenerlo y
le impone una multa. Este hecho aislado
no sería posiblemente causa suficiente para ser expulsado. Pero imaginemos que en su camino hacia el
Capitolio, desobedeciendo las instrucciones de un policía se vea involucrado en
un accidente por conducir temerariamente (por el paseo, en contra del tránsito,
etc.) y provoque un accidente en el que muera algún ciudadano. Aunque, tiene una protección para que no se le
impida el paso para llegar a realizar su función legislativa lo cierto es que
el Cuerpo podría radicar una querella y expulsarlo por su conducta
irresponsable.
Pero veamos el caso de la
senadora González. Imaginemos que
estamos a mediados del cuatrienio y que el Gobierno de turno decida no radicar
cargos por los posibles delitos que haya cometido. En teoría, no habría ningún crimen que
justifique una querella ética, ni siquiera sabemos cuál sería el o los delitos
que ella cometió, encubrió o de los cuales fue cómplice. Mientras tanto, continúa su función
legislativa, inclusive tomando posiciones en el caso de la confirmación de
jueces y de la aprobación de leyes que le podrían ser de aplicabilidad,
incluyendo el código penal. Si bien es
cierto que el sistema penal no la ha enjuiciado y mucho menos encontrada
culpable de nada, como dijo José de San Martin, “la conciencia es el mejor juez
que tiene un hombre de bien”.
En el caso de la senadora González,
como dice dicha frase, no dudo de que ella sea una mujer de bien, sin embargo,
como decía Marco Rigau, “los legisladores lo resisten todo menos la tentación”
y el proceso político expone a muchos buenos seres humanos a situaciones
tentadoras a las cuales el ciudadano común no está expuesto. Al acogerse a la 5ta enmienda, su propia conciencia
emitió su veredicto de culpabilidad. Hay
que recordar que el puesto de legislador no es un puesto de trabajo, ni se
firman contratos negociados, ni existen garantías laborales más allá de las mínimas
de todo empleado de Gobierno. Si un
legislador se sentencia a sí mismo como culpable de un delito
(irrespectivamente de cual sea) y sobre todo si no sabemos cuál es, el Cuerpo
no debería tener más opción que procesarlo mediante el Comité de Ética y
expulsarlo.
Es triste ver como el Sen. Miguel
Pereira, un ex fiscal federal, confunde o pretende confundir los hechos. Si bien es cierto que le corresponde al Departamento
de Justicia o al FEI procesar criminalmente a la senadora por los delitos que
se le imputen, la admisión de la senadora al acogerse a la 5ta enmienda debería
ser causa suficiente al menos para referirla al Comité de Ética y si así lo entendiera
emitir una decisión en el sentido de que acogerse a la 5ta enmienda es su
derecho y por eso no encuentran razón para expulsarla. Sin embargo, para no referirla alegan que no
tienen los mecanismos para determinar si cometió o no el delito y como el DJ lo
está investigando prefieren esperar por el resultado de dicha investigación.
Ella obviamente cometió, encubrió
o fue cómplice de un acto que ella sentencio podía constituir delito. El Comité de Ética pudo procesarla y pedirle
que les diera la información sobre los posibles delitos. EL comité pudo decidir que los delitos imputados
no son de tal gravedad como para justificar la expulsión y podría imponerle una
suspensión o una multa. Si a preguntas
de la comisión decidiera no contestar porque estima que los delitos son de tal
gravedad que podría usarse la información contra ella en un juicio el Comité no
tendrías más opción que asumir lo peor y recomendar la expulsión de la
legisladora. Lamentablemente, no
tenderemos esa oportunidad por las viejas malas mañas de nuestros legisladores.
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