lunes, 23 de febrero de 2015

Jorge Suarez, el IVA y la Reforma Contributiva

En verdad que los puertorriqueños somos como los nenes chiquitos, aunque estemos entretenidos con un juguete, cuando nos enseñan otro, lo echamos al lado.  Así estamos con el IVA y Jorge Suarez.  No me extrañaría que sacar o colar ese asunto haya sido una estrategia (que ha dado muy buenos resultados) para distraer temporeramente la atención del IVA.

¿Qué importancia tiene si arrestaron o no al senador?  Si el procedimiento de esa jurisdicción manda arrestar pues lo tienen que arrestar, si manda citar, lo tienen que citar, si manda escoltar para que pague una multa, pues lo escoltan.  ¿Eso hace más o menos grave la falta cometida?  NO.  ¿Se plantea en la información recopilada que hubo resistencia de parte del senador? NO.  ¿Se plantea que estuviese guiando bajo el efecto de bebidas alcohólicas (DUI)? NO.  Además, el senador debe agradecer que lo “arrestaron” guardias decentes y no miembros del KKK encubiertos vestidos de policía porque sabe Dios cual hubiera sido el resultado de esa intervención si hubiese puesto alguna objeción.  Pero analicemos una de las violaciones, conducir en exceso del límite de la velocidad permitida, algo que en Puerto Rico ninguno de nosotros comete.  No seamos hipócritas, en PR el límite es 65 MPH en autopista, pero en realidad ese puede ser el límite en el carril de la derecha, el de los vehículos lentos.

Pero lo verdaderamente importante es el acto de maltrato infantil cometido por éste, llevar un menor sin cinturón de seguridad.  Lo que yo quisiera es oír la opinión de la Secretaria del Departamento de la Familia, ¿o es que el maltrato infantil que ocurre fuera de PR no está bajo su jurisdicción?  ¿Y qué tal si escucháramos al Procurador de Menores?  ESTRUENDOSO SILENCIO.  Pero analicemos también esta violación, sabían que la Ley Núm. 235 de 13 de septiembre de 2012 enmendó la Ley Núm. 22 de 2000, la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico para exigir el uso obligatorio de asientos protectores elevados, conocidos como “booster seats”, a todo niño entre las edades de cuatro (4) a nueve (9) años o que mida menos de 4 pies y 9 pulgadas (57 pulgadas), y que toda persona que la viole será sancionada con una multa de cien (100) dólares?  Como dicen los jóvenes ahora: “Really?”.  ¿Cuantos de ustedes han llevado a sus hijos en asientos “booster” hasta los 9 años en sus carros?  Cuando lleven a sus hijos a la escuela fíjense en cuántos niños viajan en estos asientos.  ¿El que no seamos senadores nos exculpa de esta violación a la ley?  De hecho, ¿cuantos no vimos vehículos identificados del Senado transitando por el expreso en exceso de velocidad y escoltado por la propia Policía?  Muy probablemente antes de que se eliminara la flota de vehículos del Senado no sería raro que el chofer del Senador llevara al hijo de éste, sin asiento ni cinturón, a la escuela  escoltado por la Policía asignada al Senado.  Todo esto aprobado o, en el mejor de los casos, tolerado por los electores que elegían y reelegían los políticos simpáticos y pueblerinos, o que por lo menos a los que no metían la pata porque no abrían la boca ni para pedir permiso.

Conclusión, queriendo matar un mosquito con una bomba atómica, se ha perdido el tiempo y se trivializa la oportunidad de hacer análisis crítico sobre la conducta pública y privada de nuestros legisladores.  ¿Dónde están los lideres protectores de los derechos de los niños que no condenan la conducta del senador?  ¿O es que acaso el hecho de que lo cogieran en dirección a Orlando, donde seguramente el senador llevaría al nene a ver la última atracción de Harry Potter, justifica conducir negligentemente con un menor desprotegido?


Nota aparte:  Lo único positivo de este incidente es la información de que supuestamente en GA las multas de tránsito de los no-residentes tienen que pagarse en el momento.  Saco a relucir ésto porque con la propuesta reforma contributiva salió a relucir un artículo que prohibiría a un extranjero o no-residente a salir de PR sin antes obtener un documento del Secretario de Hacienda que certificara que no tiene deudas contributivas.  Varias voces han argumentado que el movimiento interestatal es un derecho constitucional (federal por supuesto) y que a un ciudadano americano no pueden impedirle salir de la Isla.  Me pregunto yo, ¿si un policía de un condado de GA puede restringirle la libertad a todo un senador de PR por una multa de tránsito, porque un Secretario de Hacienda no puede prohibir la salida de un extranjero o no-residente “jaiba” de esos que vienen a vendernos la última “yerba milagrosa proveniente de la selva más recóndita de un país de América Latina” que cura todas las enfermedades y que luego de hacer el negocio en “US dollars” quiera darse a la huida a su país de origen antes de que los “taxes” lo alcancen?  No importa si queremos ser estado de la Unión o si queremos ser república independiente, el respeto a nuestras instituciones se gana dándolas a valer y no asumiendo posturas de no se puede porque ésto y lo otro.  ¿Acaso no hay acuerdos de extradición entre los estados y PR?  Estoy seguro que si se hubiese dado mucha promoción a estos acuerdos hubiéramos escuchado que no es posible porque un estado de la unión no tiene que acordar con un territorio, y posiblemente tiene razón, pero que algo no tenga que ser no significa que no pueda ser.  Me gustaría ver a un ciudadano americano chanchullero y tramposo demandando en el Tribunal Federal al Secretario de Hacienda por restringirle su libertad al prohibirle su salida porque tiene deudas contributivas, está evadiendo su responsabilidad y sacando su riqueza fuera del País.  Ese sería otro de los casos que definen nuestros poderes o nos tiran en la cara la mentira del ELA.

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